sábado, 7 de abril de 2018

¿Debe darse acción contra el ingrato?

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Ilya Repin, detalle de Ivan el terrible y su hijo, detalle


Pregúntase si este tan aborrecible vicio de la ingratitud se ha de quedar sin castigo, y si la ley que se lee en las escuelas, por la cual se da acción contra los ingratos, y todos la tienen por justa, se debe practicar también en las ciudades. Dirásme que por qué no, pues vemos que unas ciudades zahieren á otras lo que por ellas hicieron, pidiendo á los sucesores lo que dieron á sus antecesores. Nuestros pasados, que fueron grandes varones, cobraban de sus enemigos las cosas, pero no los beneficios; que esos los daban con grande ánimo, y los perdían con el mismo. Sólo entre los Macedones, y no en otra alguna nación, se usó poner demanda contra los ingratos; y esto es grande argumento de que no se debe dar acción contra este vicio, porque en todos los demás delitos estamos de común acuerdo todas las demás naciones; y aunque en diversas provincias es diverso el castigo del homicidio, de los hechizos, del parricidio y del violar la religión, en todas es alguna la pena; mas este frecuentísimo crimen, aunque en todas partes se abomina, en ninguna se castiga. No le absolvemos, pero por ser difícil el aprecio y estimación de cosa tan incierta, le condenamos sólo á pena de aborrecimiento, dejándolo entre aquellas cosas cuyo castigo remitimos á los Dioses


Muchas cosas se me ofrecen con que probar que el delito de la ingratitud no cae debajo de disposición de ley. Lo primero, porque se perdiera lo mejor que en sí tiene la buena obra, si se permitiera poner demanda por ella, como se permite por el dinero prestado ó por los arrendamientos; porque lo más realzado que hay en los beneficios es el hacerlos aunque sea con riesgo de perderlos, dejándolos de todo punto en el albedrío de quien los recibe. Si yo le pongo demanda y le cito ante el juez, ya comienza á dejar de ser beneficio, y se convierte en crédito. Demás de esto, siendo tan honesta acción el ser agradecidos á los beneficios, dejaría de ser buena en siendo precisa; porque entonces ninguno dará mayor alabanza al hombre agradecido de la que da al que restituye el depósito, ó al que paga la deuda sin pleito; con lo cual vendríamos á quitar el valor al ánimo agradecido y al beneficio, que son las dos cosas más hermosas de la vida humana; porque si el beneficio se presta y no se da, ¿qué tendrá de magnífico? Y en el que gratifica la buena obra que recibió, ¿qué habrá de honesto, si lo hace, no porque quiere, sino porque le es forzoso? No será acción gloriosa el ser agradecido, sino es que sea cosa segura el poder ser ingrato. Añade que para sólo castigar este delito de la ingratitud no fueron suficientes todos los tribunales. ¿Quién habría que no pusiese demanda? ¿Quién contra el cual no se pusiese? Todos disminuyen los grandes beneficios que reciben, y todos engrandecen las mínimas dádivas que hacen. Demás de esto, las cosas que han de caer debajo de conocimiento de causa han de ser comprensibles, sin que al juez le quede licencia abierta para arbitrar; y de esto nace que al que tiene justicia le está mejor ser remitido á un juez que no á un árbitro; porque aquél está atado con el rigor del derecho, que no le permite salir de sus términos, y este otro tiene libre la determinación, sin estar ligado con algunos lazos, y así puede añadir y quitar, disponiendo su sentencia, no como lo ordenan las leyes y el rigor de la justicia, sino en la forma á que le impele la misericordia. El haber demanda contra el ingrato no fuera atar al juez á la disposición de las leyes, sino darle un imperio absoluto; porque no constando qué cosa sea beneficio, ni la cantidad que ha de tener, vendría á consistir en la interpretación que el juez le quisiese dar. Ninguna ley declara qué cosa es el ser ingrato; porque muchas veces lo será el que pagó el beneficio, y muchas será agradecido el que no le ha recompensado…

Dió uno á otro una gran suma de dinero; pero el que lo dió era tan rico, que con la dádiva no sintió daño. Dió otro la misma cantidad, pero con pérdida de todo su patrimonio: una es la suma, pero el beneficio no es el mismo. Añade también ahora: Dió el rico este dinero para librar á uno que estaba condenado á muerte; pero sacólo de su escritorio. Dió otro la misma cantidad; pero para darla la buscó prestada, interponiendo ruegos y sujetándose á entrar en grandes obligaciones. ¿Pondrás tú en el mismo lugar al que hizo el beneficio sin costarle dificultad, con el que para hacerlo se humilló á recibirlo de otro? Algunas cosas se hacen grandes más por la sazón que por la cantidad. Beneficio es dar una posesión cuya fertilidad sea suficiente para hacer abaratar el trigo, y también es beneficio dar un pan al que tiene hambre. Beneficio es dar provincias por las cuales corran ríos navegables, y es también beneficio enseñar una fuente á los que, pereciendo de sed, apenas pueden respirar por las secas gargantas. ¿Quién, pues, habrá que coteje y compare estos beneficios? Difícil cosa es hacer juicio donde no se busca la misma cosa, sino la fuerza de ella. Unas mismas cosas dadas de diferentes modos no tienen el mismo peso. Hízome Fulano un beneficio, pero no lo hizo con voluntad, antes se quejó de haberlo hecho, y me miró con más soberbia de lo que solía; y diómelo tan tarde, que hubiera sido mejor negármelo. ¿Qué aprecio podrá hacer el juez de estas circunstancias, donde las palabras, la detención y el encapotamiento del rostro quitaron la gracia al beneficio?… ¿Cuál juez será suficiente para ajustar el precio á estas cosas? ¿Quién el que mande que estos beneficios se recompensen con otros equivalentes? Dióte aquél hacienda, yo te dí una tabla en que escapaste del naufragio… Mira cómo por ser tan varios y diversos los modos de hacer beneficios, viene á ser muy difícil el ajustarlos.

Demás de esto, como para la paga de los beneficios no se pone plazo en la forma que se pone para la moneda que se presta, el que ahora no ha pagado podrá pagar después. Díme tú, ¿después de qué tiempo le condenarás por ingrato? Los grandes beneficios no tienen probanza, porque de ordinario están escondidos dentro de las conciencias de solas dos personas. ¿Hemos, por ventura, de introducir que las buenas obras no se hagan sin testigos?


Séneca, De los beneficios, libro III, 6 a 10

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